12 minutes
စစ်ကောင်စီခေါင်းဆောင် မင်းအောင်လှိုင် သေဆုံးသွားပြီဆိုတဲ့ သတင်းအတု တစ်ပုဒ် ထွက်ပေါ်နေပါတယ်။
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Enquanto o salário mínimo nacional permanece como referência para todo o país, alguns estados brasileiros seguem um caminho próprio na valorização do trabalho: o salário mínimo regional. Previsto na Lei Complementar nº 103/2000, o instrumento autoriza estados e o Distrito Federal a fixarem pisos salariais superiores ao nacional para trabalhadores da iniciativa privada que não […] Salário mínimo regional: a luta pela valorização da classe trabalhadora gaúcha apareceu primeiro no Brasil de Fato.
Enquanto o salário mínimo nacional permanece como referência para todo o país, alguns estados brasileiros seguem um caminho próprio na valorização do trabalho: o salário mínimo regional. Previsto na Lei Complementar nº 103/2000, o instrumento autoriza estados e o Distrito Federal a fixarem pisos salariais superiores ao nacional para trabalhadores da iniciativa privada que não […] Salário mínimo regional: a luta pela valorização da classe trabalhadora gaúcha apareceu primeiro no Brasil de Fato.
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El 28 de enero de 2026, una página web llamada UK Insider publicó un contenido que afirmaba que el presidente de Ucrania, Volodímir Zelenski, había obtenido “una participación del 1% en AstraZeneca gracias a un plan de ayuda de 3.000 millones de dólares, aprobado por Von Der Leyen”, presidenta de la Comisión Europea. Esta web, cuyo dominio (insider.uk[.]com) se parece al del medio británico Insider (insider.co.uk), no aporta pruebas de lo que afirma. Según Who.is (una herramienta que permite ver los datos de registro de una web), se creó el 26 de enero de 2026, tan solo dos días antes de la publicación de este contenido. El texto está firmado supuestamente por Steve Morris, un reportero del medio británico The Guardian el cual no ha publicado nada sobre la supuesta adquisición de acciones de Zelenski en AstraZeneca en sus redes sociales ni tampoco en The Guardian. Asimismo, no hay publicaciones al respecto en ningún medio internacional. En Maldita.es hemos alertado de otros casos en los que se crean páginas web con apariencia de medios de comunicación tradicionales para difundir contenido sin pruebas sobre el presidente de Ucrania, como, por ejemplo, contenidos de supuestas adquisiciones de bienes de lujo.

El 28 de enero de 2026, una página web llamada UK Insider publicó un contenido que afirmaba que el presidente de Ucrania, Volodímir Zelenski, había obtenido “una participación del 1% en AstraZeneca gracias a un plan de ayuda de 3.000 millones de dólares, aprobado por Von Der Leyen”, presidenta de la Comisión Europea. Esta web, cuyo dominio (insider.uk[.]com) se parece al del medio británico Insider (insider.co.uk), no aporta pruebas de lo que afirma. Según Who.is (una herramienta que permite ver los datos de registro de una web), se creó el 26 de enero de 2026, tan solo dos días antes de la publicación de este contenido. El texto está firmado supuestamente por Steve Morris, un reportero del medio británico The Guardian el cual no ha publicado nada sobre la supuesta adquisición de acciones de Zelenski en AstraZeneca en sus redes sociales ni tampoco en The Guardian. Asimismo, no hay publicaciones al respecto en ningún medio internacional. En Maldita.es hemos alertado de otros casos en los que se crean páginas web con apariencia de medios de comunicación tradicionales para difundir contenido sin pruebas sobre el presidente de Ucrania, como, por ejemplo, contenidos de supuestas adquisiciones de bienes de lujo.
20 minutes
美国前总统拜登的国家安全事务助理沙利文(Jake Sullivan)近日在自己的博客节目中谈到了中央军委副主席张又侠落马一事,并回忆了他于2024年8月在北京会见后者时的会议细节及对张又侠的印象。
20 minutes
美国前总统拜登的国家安全事务助理沙利文(Jake Sullivan)近日在自己的博客节目中谈到了中央军委副主席张又侠落马一事,并回忆了他于2024年8月在北京会见后者时的会议细节及对张又侠的印象。
21 minutes

Capturas de la retransmisión de la misa funeral celebrada el 29 de enero en Huelva por las víctimas de Adamuz En el vídeo de la retransmisión completa del funeral en Huelva se puede ver cómo los obispos que pasan justo después de la reina tampoco se santiguan [min. 25:36]. Aunque no es obligatorio santiguarse (hacer la señal de la cruz), es una costumbre popular muy arraigada entre los creyentes católicos.

Capturas de la retransmisión de la misa funeral celebrada el 29 de enero en Huelva por las víctimas de Adamuz En el vídeo de la retransmisión completa del funeral en Huelva se puede ver cómo los obispos que pasan justo después de la reina tampoco se santiguan [min. 25:36]. Aunque no es obligatorio santiguarse (hacer la señal de la cruz), es una costumbre popular muy arraigada entre los creyentes católicos.
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When Rachel Marshall was growing up in Virginia, her parents kept a magnet on the refrigerator from a national homeschooling advocacy group, with a phone number to call if local school officials tried to interfere with their decision to educate their children at home. “You tell [the organization] the state’s after you, and they will […]

When Rachel Marshall was growing up in Virginia, her parents kept a magnet on the refrigerator from a national homeschooling advocacy group, with a phone number to call if local school officials tried to interfere with their decision to educate their children at home. “You tell [the organization] the state’s after you, and they will […]
23 minutes

Captura de pantalla de una de las infografías del informe de WaterFilterGuru

Captura de pantalla de una de las infografías del informe de WaterFilterGuru
23 minutes
美国总统特朗普1月29日在华盛顿表示,英国与中国做生意“非常危险”,他同时也对加拿大与中国发展商业关系发出更为严厉的警告。
23 minutes
美国总统特朗普1月29日在华盛顿表示,英国与中国做生意“非常危险”,他同时也对加拿大与中国发展商业关系发出更为严厉的警告。
23 minutes

Microgrids are bringing electricity to those who previously lived in fear of power cuts and heatwaves in Latin America The post ‘Without solar energy, she might have died’ appeared first on Dialogue Earth.

Microgrids are bringing electricity to those who previously lived in fear of power cuts and heatwaves in Latin America The post ‘Without solar energy, she might have died’ appeared first on Dialogue Earth.
24 minutes
ICJ ရှုံ့ချပွဲ မန္တလေးမှာ လူရာချီသေဆုံးတယ်ဆိုတဲ့ သတင်းအတု တစ်ပုဒ် ထွက်ပေါ်နေပါတယ်။
ICJ ရှုံ့ချပွဲ မန္တလေးမှာ လူရာချီသေဆုံးတယ်ဆိုတဲ့ သတင်းအတု တစ်ပုဒ် ထွက်ပေါ်နေပါတယ်။
25 minutes

Pas zhvillimit të një procedure hetimore të gjerë, e cila përfshiu 27 zyrtarë policorë, prokurori publik nga Departamenti i Specializuar për Ndjekjen e Veprave Penale të kryera nga persona me autorizime policore në Prokurorinë Themelore Publike për Ndjekjen e Krimit të Organizuar dhe Korrupsionit (PPTH NKO) ka dorëzuar aktakuzë në Gjykatën Themelore Penale Shkup kundër […]

Pas zhvillimit të një procedure hetimore të gjerë, e cila përfshiu 27 zyrtarë policorë, prokurori publik nga Departamenti i Specializuar për Ndjekjen e Veprave Penale të kryera nga persona me autorizime policore në Prokurorinë Themelore Publike për Ndjekjen e Krimit të Organizuar dhe Korrupsionit (PPTH NKO) ka dorëzuar aktakuzë në Gjykatën Themelore Penale Shkup kundër […]
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বুম বাংলাদেশ দেখেছে, এনসিপি নেতাদের ব্যান্ডেজ বাঁধার এই ছবিটি আর্টিফিশিয়াল ইন্টেলিজেন্স প্রযুক্তিতে তৈরি করা হয়েছে।
বুম বাংলাদেশ দেখেছে, এনসিপি নেতাদের ব্যান্ডেজ বাঁধার এই ছবিটি আর্টিফিশিয়াল ইন্টেলিজেন্স প্রযুক্তিতে তৈরি করা হয়েছে।
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Después de una década de prohibiciones casi totales al involucramiento de empresas estadounidenses en el sector petrolero venezolano, este 29 de enero la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro emitió la Licencia General (LG) Nº 46, sobre el suelo normativo de los Reglamentos de Sanciones a Venezuela (31 CFR parte 591). Esta medida supone una revisión administrativa cuidadosamente calibrada, que ajusta el marco normativo vigente y redefine las condiciones bajo las cuales se permite la participación estadounidense en operaciones petroleras venezolanas. Se trata de una licencia de amplio alcance que autoriza, bajo condiciones específicas, transacciones que antes estaban prohibidas, abarcando prácticamente casi toda la cadena de valor del sector: desde la extracción y elevación del crudo hasta su exportación, refinación, comercialización, transporte y servicios logísticos asociados. La autorización incluye la exportación, reexportación, venta, reventa, suministro, almacenamiento, compra, entrega o transporte del petróleo venezolano, así como la refinación de dicho petróleo. Decimos casi porque la nueva exención no menciona a las actividades primarias, como la producción, esto en consonancia con la nueva reforma parcial de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, pues esa actividad queda bajo control del Estado venezolano, ya sea directamente a través de empresas de propiedad total de la República, mediante filiales o a través de empresas mixtas. En esencia, el núcleo de esta reingeniería administrativa prioriza a las entidades estadounidenses establecidas, convirtiéndolas en el eje sobre el cual se desarrolla la nueva autorización con un vasto foco en la comercialización del hidrocarburo. Después de años en que los gobiernos estadounidenses, en sus diferentes turnos y por decisión política, eligieron apartarse del negocio petrolero venezolano y limitar la participación de empresas de ese país en el sector bajo un régimen de sanciones, esta licencia establece un marco en el que dichas empresas pueden volver a participar conforme a las normativas, y sin modificar el control estatal sobre la producción primaria. Entidades estadounidenses establecidas Uno de los elementos centrales de esta licencia es la referencia a las "entidades estadounidenses establecidas", concepto que delimita de manera precisa quiénes pueden acogerse a la autorización. De acuerdo con la nota interpretativa incluida en la propia licencia (Nota 1 del párrafo a), se entiende por entidad estadounidense establecida cualquier entidad organizada conforme a las leyes de los Estados Unidos o de cualquiera de sus jurisdicciones internas en o antes del 29 de enero de 2025. Esta definición incluye, de manera directa, a empresas estadounidenses del sector petrolero y energético, así como a otras personas jurídicas constituidas en Estados Unidos que participen en actividades ordinariamente incidentales y necesarias para la operación petrolera, como transporte marítimo, seguros, logística, servicios portuarios y terminales. De hecho, se permite que compañías extranjeras puedan acogerse a la autorización, si constituyen legalmente una entidad o filial en Estados Unidos. Este nuevo esquema representa una modificación sustancial respecto al régimen previo de administración de licencias. Antes de la emisión de la LG Nº46, las empresas petroleras, sobre todo, las estadounidenses, debían solicitar licencias específicas a OFAC para poder realizar cualquier actividad relacionada con el petróleo venezolano, lo que implicaba procesos caso por caso, autorizaciones limitadas y un alto grado de discrecionalidad administrativa. Con esta licencia general, se establece una habilitación ex ante que permite que, en su amplitud, las empresas petroleras estadounidenses puedan reincorporarse al negocio petrolero venezolano sin necesidad de tramitar autorizaciones individuales. La licencia también introduce requisitos contractuales que refuerzan la jurisdicción estadounidense sobre las operaciones autorizadas a sus empresas. Por ello, indican que todo contrato celebrado con el gobierno venezolano o PDVSA debe estipular expresamente que se rige por las leyes de los Estados Unidos, y que cualquier mecanismo de resolución de controversias se llevará a cabo dentro del territorio estadounidense. Esta exigencia aplica a las empresas estadounidenses que celebren dichos contratos y busca asegurar que cualquier disputa derivada de las operaciones quede sujeta al sistema legal y judicial de ese país. Si bien la reforma de la Ley Orgánica de Hidrocarburos establece que los contratos relacionados con actividades reguladas pueden prever mecanismos de resolución de controversias a través de tribunales venezolanos o medios alternativos como arbitraje y mediación, en el caso de las empresas estadounidenses acogidas a la Licencia, cualquier disputa derivada de sus operaciones debe resolverse conforme a lo dispuesto por las leyes de Estados Unidos y dentro de su jurisdicción. En este marco, el Ministerio de Hidrocarburos podría coordinar, según corresponda, la inclusión de estas cláusulas en los contratos, asegurando que se respeten tanto los lineamientos de la ley venezolana como las condiciones de la licencia, garantizando así la seguridad jurídica de las partes y el cumplimiento de los requisitos de OFAC. Por otro lado, por tratarse de empresas estadounidenses, se introduce un alivio quirúrgico en uno de los cuellos de botella más críticos del comercio petrolero venezolano: el aseguramiento marítimo y los servicios P&I que, en medio de los embates sancionatorios, era una verdadera piedra en el zapato para la el envío de crudo. Al autorizar de manera expresa la contratación de fletamentos, seguros marítimos, logística y servicios portuarios, la licencia recompone el eslabón que conecta al petróleo venezolano con el mercado tradicional. Los pagos En materia financiera, la Licencia General N.º 46 establece un esquema específico para el manejo de pagos a personas bloqueadas. Dichos pagos deben canalizarse a través de los denominados "Foreign Government Deposit Funds", concepto jurídico‑técnico definido en la Orden Ejecutiva 14373, o mediante cualquier otra cuenta que el Departamento del Tesoro indique expresamente. Este mecanismo no implica el desbloqueo de activos, sino que permite que los fondos se mantengan bajo supervisión regulatoria estadounidense. Asimismo, la licencia deja abierta la posibilidad de que, en el futuro, se determine el uso de otros fondos o cuentas, los cuales deberán ser gestionados por medio del Departamento del Tesoro. La licencia también autoriza pagos comercialmente razonables mediante intercambios de crudo, diluyentes o productos refinados, siempre que se ajusten a prácticas de mercado estándar. Al mismo tiempo, la licencia prohíbe expresamente los canjes de deuda, pagos en oro y operaciones denominadas en monedas digitales. Esto significa que, todas las transacciones deben mantener la liquidación en dólares estadounidenses, reafirmando un principio estructural de la política financiera estadounidense: garantizar que la energía estratégica de la región siga circulando en la moneda de reserva global. De esta manera, la licencia permite reabrir el acceso al petróleo venezolano para empresas estadounidenses sin comprometer la centralidad del petrodólar en las transacciones internacionales. La lógica geopolítica y comercial Un elemento central de la Licencia General N.º 46 es la delimitación precisa de los actores excluidos del esquema autorizado. El párrafo (b) opera como un cordón sanitario jurídico y geopolítico, pues no enumera actividades petroleras prohibidas, sino que identifica modalidades, sujetos y estructuras corporativas que permanecen vedadas, incluso dentro del nuevo marco de flexibilización. En primer lugar, la licencia excluye de manera absoluta cualquier transacción en el mercado tradicional que involucre, directa o indirectamente, a personas o entidades vinculadas a Rusia, Irán, Corea del Norte o Cuba, así como a estructuras empresariales controladas por ellas o constituidas en asociación con estos actores. Esta exclusión responde tanto a la condición de adversarios estratégicos de Estados Unidos como al hecho de estar todos bajo regímenes de sanciones integrales de la OFAC. En estos casos, la prohibición opera de manera automática, basada únicamente en la jurisdicción del sujeto involucrado, casi como si estuviera marcada por su nacionalidad, sin importar la forma jurídica de la operación ni su diseño comercial. Basta cualquier nexo, directo o indirecto, con este grupo de países para que la transacción quede excluida. En cambio, el tratamiento de China sigue una lógica sustancialmente distinta, dado que no se trata de una jurisdicción bajo sanciones integrales del Tesoro estadounidense. La OFAC no establece una prohibición general por nacionalidad, ni excluye a China como posible mercado o destino final del crudo venezolano. Este apartado prohíbe por la estructura corporativa de la entidad que pretende usar la licencia y no identifica automáticamente a todas las empresas chinas o al mercado chino como destino final. Así que el diseño de la licencia busca impedir que actores chinos obtengan beneficios directos dentro del régimen autorizado, sin cerrar de manera absoluta la posibilidad de que el petróleo venezolano llegue al mercado chino a través de canales comerciales externos al esquema licenciado, ya que se recuerda que la exención incluye autorizaciones amplias, como la reventa, reexportación y otros pasos comerciales sucesivos, que introducen un margen de flexibilidad. Cabe decir que, la inclusión explícita de figuras como la reventa y la reexportación, por ejemplo, abre una brecha controlada para que el crudo venezolano pueda circular más allá del comprador inicial, incluso hacia terceros países, aunque bajo una lógica de trazabilidad y supervisión ex post, materializada en la obligación de reportes detallados al Departamento de Estado y al Departamento de Energía. Y es allí, donde el actor que haga ese tipo de operaciones comerciales, debe enviar un informe sobre esa operación comercial a la OFAC. En determinados escenarios, esto permitiría la participación indirecta de actores privados chinos del sector energético, siempre que dicha participación ocurra fuera de las entidades venezolanas o estadounidenses cubiertas por la licencia, sin implicar control, propiedad ni asociación societaria prohibida. En otras palabras, la exención parece permitir esas operaciones secundarias, pero no en el comercio gris, sino dentro de un esquema monitoreado que reintegra al petróleo venezolano al circuito comercial tradicional. Se mueve el cerrojo: administración de licencias Esta nueva maniobra administrativa no constituye, en modo alguno, un levantamiento de sanciones. El andamiaje jurídico que sostiene el régimen sancionatorio contra Venezuela permanece intacto, debido a que no ha sido derogada la Ley de Defensa de los Derechos Humanos y la Sociedad Civil de Venezuela de 2014, ni sus sucesivas extensiones, algo que además resulta políticamente poco probable, ya que, Estados Unidos no suele derogar este tipo de leyes marco, sino administrarlas, reinterpretarlas o superponerles instrumentos ejecutivos. Del mismo modo, siguen vigentes las órdenes ejecutivas que declaran la "emergencia nacional" respecto a Venezuela (y la nueva del 9 de enero), y que son la base legal directa sobre la cual se construyen los Reglamentos de Sanciones a Venezuela (31 CFR parte 591). En otras palabras, el régimen jurídico madre no ha sido desmontado. En ese sentido, es oportuno mencionar que el Reglamento de Sanciones, precisamente, se deriva de una ley del Congreso y de órdenes ejecutivas presidenciales, y es dentro de ese marco que el Departamento del Tesoro, a través de la OFAC, despliega su mecanismo administrativo de licencias. La Licencia General Nº 46 debe leerse, por tanto, como una herramienta de administración del régimen sancionatorio, no como una reversión del mismo. Se trata de un ajuste técnico–político que permite determinadas operaciones sin tocar el núcleo legal que habilita las sanciones. Ahora bien, dentro del amplio catálogo de licencias generales y específicas que Washington ha emitido, suspendido o modificado en los últimos años, esta licencia introduce un matiz relevante: mantiene plenamente la naturaleza sancionatoria del esquema, pero alivia selectivamente su aplicación en esta fase, especialmente en el plano operativo y comercial. El sistema se flexibiliza bajo condiciones estrictas, con exclusiones geopolíticas claras, controles financieros reforzados y mecanismos de reporte que preservan la capacidad de monitoreo y coerción del Estado estadounidense. Lo distintivo es que, aun conservando ese carácter restrictivo, la Licencia otorga una amplitud operacional inusual para determinadas actividades petroleras, en particular para empresas estadounidenses que el propio gobierno de Estado Unidos había expulsado de facto del mercado venezolano mediante el paraguas sancionatorio. Así, más que un desmantelamiento de las medidas, lo que se observa es una recalibración funcional. Finalmente, en medio de un escenario geopolítico complejo, el gobierno venezolano ha logrado articular cuidadosamente las piezas dentro del régimen sancionatorio, preservando el control sobre el recurso y sobre las actividades primarias, ampliando la capacidad operativa y asegurando la continuidad de políticas públicas que benefician al país. La estrategia evidencia un manejo hábil de los márgenes de maniobra, así como la capacidad de mantener operaciones esenciales y asegurar que el crudo venezolano siga fluyendo, incluso en un contexto de restricciones internacionales históricamente severas. Al mismo tiempo, queda claro que el interés estratégico de Estados Unidos siempre orbitó alrededor del petróleo venezolano. Por parte del gobierno de Venezuela, los canales de comercio y participación nunca se cerraron por completo; más bien, la propia política sancionatoria se autoinfligió límites que ahora se modifican con la Licencia General Nº 46. En efecto, esta mutación en el ecosistema de sanciones refleja, de manera tácita, el regreso gradual de Estados Unidos al negocio petrolero venezolano, un mercado que considera estratégico desde tiempos inmemoriales. Betzabeth Aldana Vivas 30 Ene 2026, 11:27 am. Etiquetas: Venezuela, Estados Unidos, Sanciones, Petróleo, Bloque tematico Claves del bloqueo Foto Autor Betzabeth Aldana Vivas Sección Venezuela Tendencia Especial Antetítulo Y cómo se compagina con la reforma de la LOH
Después de una década de prohibiciones casi totales al involucramiento de empresas estadounidenses en el sector petrolero venezolano, este 29 de enero la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro emitió la Licencia General (LG) Nº 46, sobre el suelo normativo de los Reglamentos de Sanciones a Venezuela (31 CFR parte 591). Esta medida supone una revisión administrativa cuidadosamente calibrada, que ajusta el marco normativo vigente y redefine las condiciones bajo las cuales se permite la participación estadounidense en operaciones petroleras venezolanas. Se trata de una licencia de amplio alcance que autoriza, bajo condiciones específicas, transacciones que antes estaban prohibidas, abarcando prácticamente casi toda la cadena de valor del sector: desde la extracción y elevación del crudo hasta su exportación, refinación, comercialización, transporte y servicios logísticos asociados. La autorización incluye la exportación, reexportación, venta, reventa, suministro, almacenamiento, compra, entrega o transporte del petróleo venezolano, así como la refinación de dicho petróleo. Decimos casi porque la nueva exención no menciona a las actividades primarias, como la producción, esto en consonancia con la nueva reforma parcial de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, pues esa actividad queda bajo control del Estado venezolano, ya sea directamente a través de empresas de propiedad total de la República, mediante filiales o a través de empresas mixtas. En esencia, el núcleo de esta reingeniería administrativa prioriza a las entidades estadounidenses establecidas, convirtiéndolas en el eje sobre el cual se desarrolla la nueva autorización con un vasto foco en la comercialización del hidrocarburo. Después de años en que los gobiernos estadounidenses, en sus diferentes turnos y por decisión política, eligieron apartarse del negocio petrolero venezolano y limitar la participación de empresas de ese país en el sector bajo un régimen de sanciones, esta licencia establece un marco en el que dichas empresas pueden volver a participar conforme a las normativas, y sin modificar el control estatal sobre la producción primaria. Entidades estadounidenses establecidas Uno de los elementos centrales de esta licencia es la referencia a las "entidades estadounidenses establecidas", concepto que delimita de manera precisa quiénes pueden acogerse a la autorización. De acuerdo con la nota interpretativa incluida en la propia licencia (Nota 1 del párrafo a), se entiende por entidad estadounidense establecida cualquier entidad organizada conforme a las leyes de los Estados Unidos o de cualquiera de sus jurisdicciones internas en o antes del 29 de enero de 2025. Esta definición incluye, de manera directa, a empresas estadounidenses del sector petrolero y energético, así como a otras personas jurídicas constituidas en Estados Unidos que participen en actividades ordinariamente incidentales y necesarias para la operación petrolera, como transporte marítimo, seguros, logística, servicios portuarios y terminales. De hecho, se permite que compañías extranjeras puedan acogerse a la autorización, si constituyen legalmente una entidad o filial en Estados Unidos. Este nuevo esquema representa una modificación sustancial respecto al régimen previo de administración de licencias. Antes de la emisión de la LG Nº46, las empresas petroleras, sobre todo, las estadounidenses, debían solicitar licencias específicas a OFAC para poder realizar cualquier actividad relacionada con el petróleo venezolano, lo que implicaba procesos caso por caso, autorizaciones limitadas y un alto grado de discrecionalidad administrativa. Con esta licencia general, se establece una habilitación ex ante que permite que, en su amplitud, las empresas petroleras estadounidenses puedan reincorporarse al negocio petrolero venezolano sin necesidad de tramitar autorizaciones individuales. La licencia también introduce requisitos contractuales que refuerzan la jurisdicción estadounidense sobre las operaciones autorizadas a sus empresas. Por ello, indican que todo contrato celebrado con el gobierno venezolano o PDVSA debe estipular expresamente que se rige por las leyes de los Estados Unidos, y que cualquier mecanismo de resolución de controversias se llevará a cabo dentro del territorio estadounidense. Esta exigencia aplica a las empresas estadounidenses que celebren dichos contratos y busca asegurar que cualquier disputa derivada de las operaciones quede sujeta al sistema legal y judicial de ese país. Si bien la reforma de la Ley Orgánica de Hidrocarburos establece que los contratos relacionados con actividades reguladas pueden prever mecanismos de resolución de controversias a través de tribunales venezolanos o medios alternativos como arbitraje y mediación, en el caso de las empresas estadounidenses acogidas a la Licencia, cualquier disputa derivada de sus operaciones debe resolverse conforme a lo dispuesto por las leyes de Estados Unidos y dentro de su jurisdicción. En este marco, el Ministerio de Hidrocarburos podría coordinar, según corresponda, la inclusión de estas cláusulas en los contratos, asegurando que se respeten tanto los lineamientos de la ley venezolana como las condiciones de la licencia, garantizando así la seguridad jurídica de las partes y el cumplimiento de los requisitos de OFAC. Por otro lado, por tratarse de empresas estadounidenses, se introduce un alivio quirúrgico en uno de los cuellos de botella más críticos del comercio petrolero venezolano: el aseguramiento marítimo y los servicios P&I que, en medio de los embates sancionatorios, era una verdadera piedra en el zapato para la el envío de crudo. Al autorizar de manera expresa la contratación de fletamentos, seguros marítimos, logística y servicios portuarios, la licencia recompone el eslabón que conecta al petróleo venezolano con el mercado tradicional. Los pagos En materia financiera, la Licencia General N.º 46 establece un esquema específico para el manejo de pagos a personas bloqueadas. Dichos pagos deben canalizarse a través de los denominados "Foreign Government Deposit Funds", concepto jurídico‑técnico definido en la Orden Ejecutiva 14373, o mediante cualquier otra cuenta que el Departamento del Tesoro indique expresamente. Este mecanismo no implica el desbloqueo de activos, sino que permite que los fondos se mantengan bajo supervisión regulatoria estadounidense. Asimismo, la licencia deja abierta la posibilidad de que, en el futuro, se determine el uso de otros fondos o cuentas, los cuales deberán ser gestionados por medio del Departamento del Tesoro. La licencia también autoriza pagos comercialmente razonables mediante intercambios de crudo, diluyentes o productos refinados, siempre que se ajusten a prácticas de mercado estándar. Al mismo tiempo, la licencia prohíbe expresamente los canjes de deuda, pagos en oro y operaciones denominadas en monedas digitales. Esto significa que, todas las transacciones deben mantener la liquidación en dólares estadounidenses, reafirmando un principio estructural de la política financiera estadounidense: garantizar que la energía estratégica de la región siga circulando en la moneda de reserva global. De esta manera, la licencia permite reabrir el acceso al petróleo venezolano para empresas estadounidenses sin comprometer la centralidad del petrodólar en las transacciones internacionales. La lógica geopolítica y comercial Un elemento central de la Licencia General N.º 46 es la delimitación precisa de los actores excluidos del esquema autorizado. El párrafo (b) opera como un cordón sanitario jurídico y geopolítico, pues no enumera actividades petroleras prohibidas, sino que identifica modalidades, sujetos y estructuras corporativas que permanecen vedadas, incluso dentro del nuevo marco de flexibilización. En primer lugar, la licencia excluye de manera absoluta cualquier transacción en el mercado tradicional que involucre, directa o indirectamente, a personas o entidades vinculadas a Rusia, Irán, Corea del Norte o Cuba, así como a estructuras empresariales controladas por ellas o constituidas en asociación con estos actores. Esta exclusión responde tanto a la condición de adversarios estratégicos de Estados Unidos como al hecho de estar todos bajo regímenes de sanciones integrales de la OFAC. En estos casos, la prohibición opera de manera automática, basada únicamente en la jurisdicción del sujeto involucrado, casi como si estuviera marcada por su nacionalidad, sin importar la forma jurídica de la operación ni su diseño comercial. Basta cualquier nexo, directo o indirecto, con este grupo de países para que la transacción quede excluida. En cambio, el tratamiento de China sigue una lógica sustancialmente distinta, dado que no se trata de una jurisdicción bajo sanciones integrales del Tesoro estadounidense. La OFAC no establece una prohibición general por nacionalidad, ni excluye a China como posible mercado o destino final del crudo venezolano. Este apartado prohíbe por la estructura corporativa de la entidad que pretende usar la licencia y no identifica automáticamente a todas las empresas chinas o al mercado chino como destino final. Así que el diseño de la licencia busca impedir que actores chinos obtengan beneficios directos dentro del régimen autorizado, sin cerrar de manera absoluta la posibilidad de que el petróleo venezolano llegue al mercado chino a través de canales comerciales externos al esquema licenciado, ya que se recuerda que la exención incluye autorizaciones amplias, como la reventa, reexportación y otros pasos comerciales sucesivos, que introducen un margen de flexibilidad. Cabe decir que, la inclusión explícita de figuras como la reventa y la reexportación, por ejemplo, abre una brecha controlada para que el crudo venezolano pueda circular más allá del comprador inicial, incluso hacia terceros países, aunque bajo una lógica de trazabilidad y supervisión ex post, materializada en la obligación de reportes detallados al Departamento de Estado y al Departamento de Energía. Y es allí, donde el actor que haga ese tipo de operaciones comerciales, debe enviar un informe sobre esa operación comercial a la OFAC. En determinados escenarios, esto permitiría la participación indirecta de actores privados chinos del sector energético, siempre que dicha participación ocurra fuera de las entidades venezolanas o estadounidenses cubiertas por la licencia, sin implicar control, propiedad ni asociación societaria prohibida. En otras palabras, la exención parece permitir esas operaciones secundarias, pero no en el comercio gris, sino dentro de un esquema monitoreado que reintegra al petróleo venezolano al circuito comercial tradicional. Se mueve el cerrojo: administración de licencias Esta nueva maniobra administrativa no constituye, en modo alguno, un levantamiento de sanciones. El andamiaje jurídico que sostiene el régimen sancionatorio contra Venezuela permanece intacto, debido a que no ha sido derogada la Ley de Defensa de los Derechos Humanos y la Sociedad Civil de Venezuela de 2014, ni sus sucesivas extensiones, algo que además resulta políticamente poco probable, ya que, Estados Unidos no suele derogar este tipo de leyes marco, sino administrarlas, reinterpretarlas o superponerles instrumentos ejecutivos. Del mismo modo, siguen vigentes las órdenes ejecutivas que declaran la "emergencia nacional" respecto a Venezuela (y la nueva del 9 de enero), y que son la base legal directa sobre la cual se construyen los Reglamentos de Sanciones a Venezuela (31 CFR parte 591). En otras palabras, el régimen jurídico madre no ha sido desmontado. En ese sentido, es oportuno mencionar que el Reglamento de Sanciones, precisamente, se deriva de una ley del Congreso y de órdenes ejecutivas presidenciales, y es dentro de ese marco que el Departamento del Tesoro, a través de la OFAC, despliega su mecanismo administrativo de licencias. La Licencia General Nº 46 debe leerse, por tanto, como una herramienta de administración del régimen sancionatorio, no como una reversión del mismo. Se trata de un ajuste técnico–político que permite determinadas operaciones sin tocar el núcleo legal que habilita las sanciones. Ahora bien, dentro del amplio catálogo de licencias generales y específicas que Washington ha emitido, suspendido o modificado en los últimos años, esta licencia introduce un matiz relevante: mantiene plenamente la naturaleza sancionatoria del esquema, pero alivia selectivamente su aplicación en esta fase, especialmente en el plano operativo y comercial. El sistema se flexibiliza bajo condiciones estrictas, con exclusiones geopolíticas claras, controles financieros reforzados y mecanismos de reporte que preservan la capacidad de monitoreo y coerción del Estado estadounidense. Lo distintivo es que, aun conservando ese carácter restrictivo, la Licencia otorga una amplitud operacional inusual para determinadas actividades petroleras, en particular para empresas estadounidenses que el propio gobierno de Estado Unidos había expulsado de facto del mercado venezolano mediante el paraguas sancionatorio. Así, más que un desmantelamiento de las medidas, lo que se observa es una recalibración funcional. Finalmente, en medio de un escenario geopolítico complejo, el gobierno venezolano ha logrado articular cuidadosamente las piezas dentro del régimen sancionatorio, preservando el control sobre el recurso y sobre las actividades primarias, ampliando la capacidad operativa y asegurando la continuidad de políticas públicas que benefician al país. La estrategia evidencia un manejo hábil de los márgenes de maniobra, así como la capacidad de mantener operaciones esenciales y asegurar que el crudo venezolano siga fluyendo, incluso en un contexto de restricciones internacionales históricamente severas. Al mismo tiempo, queda claro que el interés estratégico de Estados Unidos siempre orbitó alrededor del petróleo venezolano. Por parte del gobierno de Venezuela, los canales de comercio y participación nunca se cerraron por completo; más bien, la propia política sancionatoria se autoinfligió límites que ahora se modifican con la Licencia General Nº 46. En efecto, esta mutación en el ecosistema de sanciones refleja, de manera tácita, el regreso gradual de Estados Unidos al negocio petrolero venezolano, un mercado que considera estratégico desde tiempos inmemoriales. Betzabeth Aldana Vivas 30 Ene 2026, 11:27 am. Etiquetas: Venezuela, Estados Unidos, Sanciones, Petróleo, Bloque tematico Claves del bloqueo Foto Autor Betzabeth Aldana Vivas Sección Venezuela Tendencia Especial Antetítulo Y cómo se compagina con la reforma de la LOH
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Serokê Amerîkayê Donald Trump do Pêncşemê li dema bersivdana rojnamevanekî ka gelo di çend rojên dawî yê de ew ligel Îranê axivîye, got “Ez hem axivîm û hem planek min heye.” Serok Trump got, “Me keştîyên pir mezin û bihêz şandine û wê pir baş be ku em wan bikar neyînin.” Serokê Amerîkayê da zanîn ku wî du tişt ji Îranê re gotine, ya yekem “Na bo çekên navokî û ya duyem jî divê kuştina xwepêşanderan rawestîne. Wan bi hezaran kes huştin û berî du hefteyan min bidarvekirina 800 kesan...
Serokê Amerîkayê Donald Trump do Pêncşemê li dema bersivdana rojnamevanekî ka gelo di çend rojên dawî yê de ew ligel Îranê axivîye, got “Ez hem axivîm û hem planek min heye.” Serok Trump got, “Me keştîyên pir mezin û bihêz şandine û wê pir baş be ku em wan bikar neyînin.” Serokê Amerîkayê da zanîn ku wî du tişt ji Îranê re gotine, ya yekem “Na bo çekên navokî û ya duyem jî divê kuştina xwepêşanderan rawestîne. Wan bi hezaran kes huştin û berî du hefteyan min bidarvekirina 800 kesan...
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Democratic lawmakers from 13 states visited Minnesota Thursday to show solidarity for the Midwestern state that has seen 3,000 federal agents flood its city streets and the deaths of two U.S. citizens at the hands of immigration officials. The lawmakers warned that the federal incursion in Minnesota could come to their own states, even if […]
Democratic lawmakers from 13 states visited Minnesota Thursday to show solidarity for the Midwestern state that has seen 3,000 federal agents flood its city streets and the deaths of two U.S. citizens at the hands of immigration officials. The lawmakers warned that the federal incursion in Minnesota could come to their own states, even if […]
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پاش ئەوەی هێزەکانی سوریای دیموکراتیک و حکومەتی نوێی سوریا ڕێککەوتنێکی گەشتگیریان ڕاگەیاند بۆ کۆتاییهێنان بە شەڕ، کاربەدەستانی هەرێمی کوردستان و جیهانیش کاردانەوەی ئەرێنییان بەرامبەر بەو ڕێککەوتنە نیشان دا. سەرۆکی هەرێمی کوردستان نێچیرڤان بارزانی ڕێککەوتنەکە بە هەنگاوێکی گرنگ و دروست دەزانێت " بە ئاراستەی چارەسەری ئاشتییانە و کۆتاییهێنان بە ئاڵۆزییەکان." لە ڕاگەیاندنەکەی ڕۆژی هەینیدا بارزانی گوتیشی " ئێمە هەمیشە جەختمان لەوە کردووەتەوە کە دیالۆگ، لێکگەیشتن و ڕێگەچارەی سیاسی، تاکە دەرچەن بۆ...
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پاش ئەوەی هێزەکانی سوریای دیموکراتیک و حکومەتی نوێی سوریا ڕێککەوتنێکی گەشتگیریان ڕاگەیاند بۆ کۆتاییهێنان بە شەڕ، کاربەدەستانی هەرێمی کوردستان و جیهانیش کاردانەوەی ئەرێنییان بەرامبەر بەو ڕێککەوتنە نیشان دا. سەرۆکی هەرێمی کوردستان نێچیرڤان بارزانی ڕێککەوتنەکە بە هەنگاوێکی گرنگ و دروست دەزانێت " بە ئاراستەی چارەسەری ئاشتییانە و کۆتاییهێنان بە ئاڵۆزییەکان." لە ڕاگەیاندنەکەی ڕۆژی هەینیدا بارزانی گوتیشی " ئێمە هەمیشە جەختمان لەوە کردووەتەوە کە دیالۆگ، لێکگەیشتن و ڕێگەچارەی سیاسی، تاکە دەرچەن بۆ...
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WASHINGTON — Pennsylvania Gov. Josh Shapiro is preparing a response should the Trump administration surge federal immigration agents into the commonwealth, he said Thursday in Washington, D.C. Recent deadly shootings of two Minneapolis residents by federal agents compelled the Democratic governor “to let the good people of Pennsylvania know my views on this, where I […]
WASHINGTON — Pennsylvania Gov. Josh Shapiro is preparing a response should the Trump administration surge federal immigration agents into the commonwealth, he said Thursday in Washington, D.C. Recent deadly shootings of two Minneapolis residents by federal agents compelled the Democratic governor “to let the good people of Pennsylvania know my views on this, where I […]
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Fundación Maldita.es publishes along ten other fact-checking organization a report which compiles the results of monitoring conducted between September 1, 2025, and December 31, 2025, as part of the ATAFIMI project. The initiative aims to identify and analyze incidents of information manipulation and interference (FIMI) originating from Russia in various countries and languages. The monitoring covers the following participating countries: Spain, Ukraine, Lithuania, Georgia, Bosnia and Herzegovina, Serbia, Argentina, Colombia, Mexico, and Venezuela. These are the main highlights: The most prominent narrative backed by disinformation claims during this period targeted the Ukrainian Army and the foreign soldiers fighting for Ukraine, with posts containing false claims collecting over 2 million views. Unfunded claims targeting Volodímir Zelensky and accusations of corruption also regained traction and were detected in 9 out of 10 countries. For example, tweets accusing him of owning a Russian passport or of buying Bill Cosby’s house in New York were viewed over 3 and 1 million times, respectively. The use of AI-generated content to support disinformation claims was widespread. Most viral posts were labeled with debunks by independent fact-checkers on Facebook and, at times, showed platform warnings on TikTok identifying the content as AI-generated. In contrast, only one Community Note was shown on X, and no warnings appeared on Telegram channels. Several users sharing disinformation claims on X had blue checks, which was formerly used to indicate an account was verified and now means the user is paying a subscription and normally gets more visibility. Full report is accessible clicking here.

Fundación Maldita.es publishes along ten other fact-checking organization a report which compiles the results of monitoring conducted between September 1, 2025, and December 31, 2025, as part of the ATAFIMI project. The initiative aims to identify and analyze incidents of information manipulation and interference (FIMI) originating from Russia in various countries and languages. The monitoring covers the following participating countries: Spain, Ukraine, Lithuania, Georgia, Bosnia and Herzegovina, Serbia, Argentina, Colombia, Mexico, and Venezuela. These are the main highlights: The most prominent narrative backed by disinformation claims during this period targeted the Ukrainian Army and the foreign soldiers fighting for Ukraine, with posts containing false claims collecting over 2 million views. Unfunded claims targeting Volodímir Zelensky and accusations of corruption also regained traction and were detected in 9 out of 10 countries. For example, tweets accusing him of owning a Russian passport or of buying Bill Cosby’s house in New York were viewed over 3 and 1 million times, respectively. The use of AI-generated content to support disinformation claims was widespread. Most viral posts were labeled with debunks by independent fact-checkers on Facebook and, at times, showed platform warnings on TikTok identifying the content as AI-generated. In contrast, only one Community Note was shown on X, and no warnings appeared on Telegram channels. Several users sharing disinformation claims on X had blue checks, which was formerly used to indicate an account was verified and now means the user is paying a subscription and normally gets more visibility. Full report is accessible clicking here.
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Fundación Maldita.es publica junto a otras diez organizaciones de fact-checking un informe que recopila los resultados del monitoreo realizado entre el 1 de septiembre de 2025 y el 31 de diciembre de 2025 en el proyecto ATAFIMI. El proyecto tiene como fin identificar y analizar incidentes de manipulación de información e injerencia (FIMI) de origen ruso en distintos países y en diferentes idiomas. El monitoreo abarca los siguientes países participantes en el proyecto: España, Ucrania, Lituania, Georgia, Bosnia y Herzegovina, Serbia, Argentina, Colombia, México y Venezuela. Entre los hallazgos destaca: La narrativa más relevante respaldada por afirmaciones desinformativas durante este período estuvo dirigida contra el ejército ucraniano y los soldados extranjeros que luchan por Ucrania, con publicaciones que contenían afirmaciones falsas y que acumularon más de 2 millones de visualizaciones. Las afirmaciones infundadas atacando a Volodímir Zelenski y las acusaciones de corrupción también recuperaron tracción y fueron detectadas en 9 de los 10 países analizados. Por ejemplo, tuits que lo acusaban de poseer un pasaporte ruso o de haber comprado la mansión de Bill Cosby en Nueva York fueron vistos más de 3 y 1 millón de veces, respectivamente. El uso de contenido generado con IA para respaldar desinformación fue generalizado. La mayoría de las publicaciones virales fueron etiquetadas con desmentidos de verificadores independientes en Facebook y, en algunos casos, mostraron advertencias de la plataforma en TikTok que identificaban el contenido como generado por IA. En contraste, solo se mostró una Nota de la Comunidad en X y no aparecieron advertencias en los canales de Telegram. Varios usuarios que compartieron afirmaciones desinformativas en X contaban con la marca azul, que anteriormente se utilizaba para indicar que una cuenta estaba verificada y que ahora significa que el usuario paga una suscripción y, por lo general, obtiene mayor visibilidad. El informe completo está disponible a través del siguiente enlace.

Fundación Maldita.es publica junto a otras diez organizaciones de fact-checking un informe que recopila los resultados del monitoreo realizado entre el 1 de septiembre de 2025 y el 31 de diciembre de 2025 en el proyecto ATAFIMI. El proyecto tiene como fin identificar y analizar incidentes de manipulación de información e injerencia (FIMI) de origen ruso en distintos países y en diferentes idiomas. El monitoreo abarca los siguientes países participantes en el proyecto: España, Ucrania, Lituania, Georgia, Bosnia y Herzegovina, Serbia, Argentina, Colombia, México y Venezuela. Entre los hallazgos destaca: La narrativa más relevante respaldada por afirmaciones desinformativas durante este período estuvo dirigida contra el ejército ucraniano y los soldados extranjeros que luchan por Ucrania, con publicaciones que contenían afirmaciones falsas y que acumularon más de 2 millones de visualizaciones. Las afirmaciones infundadas atacando a Volodímir Zelenski y las acusaciones de corrupción también recuperaron tracción y fueron detectadas en 9 de los 10 países analizados. Por ejemplo, tuits que lo acusaban de poseer un pasaporte ruso o de haber comprado la mansión de Bill Cosby en Nueva York fueron vistos más de 3 y 1 millón de veces, respectivamente. El uso de contenido generado con IA para respaldar desinformación fue generalizado. La mayoría de las publicaciones virales fueron etiquetadas con desmentidos de verificadores independientes en Facebook y, en algunos casos, mostraron advertencias de la plataforma en TikTok que identificaban el contenido como generado por IA. En contraste, solo se mostró una Nota de la Comunidad en X y no aparecieron advertencias en los canales de Telegram. Varios usuarios que compartieron afirmaciones desinformativas en X contaban con la marca azul, que anteriormente se utilizaba para indicar que una cuenta estaba verificada y que ahora significa que el usuario paga una suscripción y, por lo general, obtiene mayor visibilidad. El informe completo está disponible a través del siguiente enlace.