13 minutes
Da civili con fucili di legno a soldati di linea: la storia delle TDF ucraine, la milizia di popolo che ha sventato la blitzkrieg russa e cambiato le regole della difesa europea.
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14 minutes
R&D 예산 이렇게 샌다...연세대 의대 교수 연구비 횡령 의혹
15 minutes
Tras asediar la ciudad de Sagunto, situada en la actual provincia de Valencia, el general cartaginés sorprendió a los romanos en su propio territorio al desplazar sus tropas hacia la capital de Italia. La ruta que escogió para cruzar la cordillera alpina es un misterio para los historiadores, pero un nuevo estudio aporta argumentos a favor del camino Col de la Traversette.
Tras asediar la ciudad de Sagunto, situada en la actual provincia de Valencia, el general cartaginés sorprendió a los romanos en su propio territorio al desplazar sus tropas hacia la capital de Italia. La ruta que escogió para cruzar la cordillera alpina es un misterio para los historiadores, pero un nuevo estudio aporta argumentos a favor del camino Col de la Traversette.
15 minutes
No fue una violación de las que caen en el olvido. No fue un día cualquiera. No se dio en un contexto político cualquiera. El trauma se convirtió en colectivo, la respuesta fue política, las leyes cambiaron Un tema Al día, ¡en el teatro! Ven a verlo en directo el 3 de octubre en Madrid. Consigue ya tus entradas Se cumplen 10 años de la violación grupal conocida como el caso de La manada, que ha marcado un antes y un después en el tratamiento de la violencia sexual contra las mujeres. La brutalidad de aquella agresión, el contexto en el que se produjo, la rápida intervención de la administración en el auxilio a la víctima, y los intentos por desacreditar a la denunciante hicieron estallar un grito de indignación que dos años después desbordó las calles de toda España como reacción a una sentencia que dio el empujon definitivo a una nueva ola feminista histórica, que desembocó en una huelga feminista histórica en 2018… Y en lo político, en la Ley del ‘solo sí es sí’. De todo ello hablamos con Ana Requena Aguilar, redactora Jefa de Género en elDiario.es, que ha estado en Pamplona estos días y ha entrevistado a varias de las personas que primero atendieron a la víctima de esta violación. *** Envíanos una nota de voz por Whatsapp contándonos alguna historia que conozcas o algún sonido que tengas cerca y que te llame la atención. Lo importante es que sea algo que tenga que ver contigo. Guárdanos en la agenda como “Un tema Al día”. El número es el 699 518 743 *** Un tema Al día es el podcast diario de actualidad de elDiario.es que, en episodios de unos 15 minutos, explica cada día un asunto de actualidad. Está presentado y dirigido por Juanlu Sánchez, subdirector de elDiario.es. Premio Ondas al podcast Revelación, Un tema Al día es el daily líder en Spotify, Apple Podcast, iVoox, Amazon Music o Podimo, según los datos públicos de las plataformas, donde acumula más de 190.000 suscriptores. Ha sido reconocido como “podcast revelación” por Amazon y recomendado como “imprescindible” por Apple. ¿Cómo escuchar 'Un tema Al día'? ▶ Si eres socio/a, puedes escuchar los nuevos capítulos del podcast cada noche en elDiario.es con unas horas de antelación respecto al resto de lectores. Recibirás el enlace en tu correo electrónico en el boletín del Adelanto de noticias. ▶ Si no eres socio/a, el episodio está disponible a primera hora de la mañana en cualquier aplicación que uses habitualmente. Spotify Apple Podcast Ivoox Podimo Amazon Music Feed RSS ▶ Acuérdate de suscribirte al podcast 'Un tema al día' en tu app para que te lleguen automáticamente los nuevos capítulos. Es gratis. ▶ Tendrás disponibles también todas las entregas de 'Un tema Al día' en elDiario.es/aldia
No fue una violación de las que caen en el olvido. No fue un día cualquiera. No se dio en un contexto político cualquiera. El trauma se convirtió en colectivo, la respuesta fue política, las leyes cambiaron Un tema Al día, ¡en el teatro! Ven a verlo en directo el 3 de octubre en Madrid. Consigue ya tus entradas Se cumplen 10 años de la violación grupal conocida como el caso de La manada, que ha marcado un antes y un después en el tratamiento de la violencia sexual contra las mujeres. La brutalidad de aquella agresión, el contexto en el que se produjo, la rápida intervención de la administración en el auxilio a la víctima, y los intentos por desacreditar a la denunciante hicieron estallar un grito de indignación que dos años después desbordó las calles de toda España como reacción a una sentencia que dio el empujon definitivo a una nueva ola feminista histórica, que desembocó en una huelga feminista histórica en 2018… Y en lo político, en la Ley del ‘solo sí es sí’. De todo ello hablamos con Ana Requena Aguilar, redactora Jefa de Género en elDiario.es, que ha estado en Pamplona estos días y ha entrevistado a varias de las personas que primero atendieron a la víctima de esta violación. *** Envíanos una nota de voz por Whatsapp contándonos alguna historia que conozcas o algún sonido que tengas cerca y que te llame la atención. Lo importante es que sea algo que tenga que ver contigo. Guárdanos en la agenda como “Un tema Al día”. El número es el 699 518 743 *** Un tema Al día es el podcast diario de actualidad de elDiario.es que, en episodios de unos 15 minutos, explica cada día un asunto de actualidad. Está presentado y dirigido por Juanlu Sánchez, subdirector de elDiario.es. Premio Ondas al podcast Revelación, Un tema Al día es el daily líder en Spotify, Apple Podcast, iVoox, Amazon Music o Podimo, según los datos públicos de las plataformas, donde acumula más de 190.000 suscriptores. Ha sido reconocido como “podcast revelación” por Amazon y recomendado como “imprescindible” por Apple. ¿Cómo escuchar 'Un tema Al día'? ▶ Si eres socio/a, puedes escuchar los nuevos capítulos del podcast cada noche en elDiario.es con unas horas de antelación respecto al resto de lectores. Recibirás el enlace en tu correo electrónico en el boletín del Adelanto de noticias. ▶ Si no eres socio/a, el episodio está disponible a primera hora de la mañana en cualquier aplicación que uses habitualmente. Spotify Apple Podcast Ivoox Podimo Amazon Music Feed RSS ▶ Acuérdate de suscribirte al podcast 'Un tema al día' en tu app para que te lleguen automáticamente los nuevos capítulos. Es gratis. ▶ Tendrás disponibles también todas las entregas de 'Un tema Al día' en elDiario.es/aldia
16 minutes
The European Commission has warned that a French bill that would ban children under the age of 15 from social media would infringe the European Union’s online content law by giving French regulators powers that go beyond the bloc’s legal framework.
The European Commission has warned that a French bill that would ban children under the age of 15 from social media would infringe the European Union’s online content law by giving French regulators powers that go beyond the bloc’s legal framework.
16 minutes
У польскім Цэнтры ўсходніх дасьледаваньняў імя Марэка Карпа па-польску выйшла кніга «Архіпэляг Беларусь. Апавяданьні былых палітычных зьняволеных» («Archipelag Białoruś. Relacje byłych więźniów politycznych»).
У польскім Цэнтры ўсходніх дасьледаваньняў імя Марэка Карпа па-польску выйшла кніга «Архіпэляг Беларусь. Апавяданьні былых палітычных зьняволеных» («Archipelag Białoruś. Relacje byłych więźniów politycznych»).
19 minutes
Rata de promovare la examenului de Bacalureat este 74,8%, uşor mai mare decât în 2025, când a fost 74,3%, conform rezultatelor la probele scrise publicate marţi, anunţă Ministerul Educaţiei. Cele mai multe note de 10 au fost obţinute la Matematică şi la Logică şi argumentare.
Rata de promovare la examenului de Bacalureat este 74,8%, uşor mai mare decât în 2025, când a fost 74,3%, conform rezultatelor la probele scrise publicate marţi, anunţă Ministerul Educaţiei. Cele mai multe note de 10 au fost obţinute la Matematică şi la Logică şi argumentare.
22 minutes

Der Europäische Gerichtshof für Menschenrechte in Straßburg. – CC-BY-SA 2.0: Davide RestivoReporter ohne Grenzen klagt beim Europäischen Gerichtshof für Menschenrechte gegen den Einsatz von Staatstrojanern durch den BND. Anwalt Niko Härting will erreichen, dass der Gerichtshof den Schutz gegen die mächtigen Hacking-Instrumente verbessert.

Der Europäische Gerichtshof für Menschenrechte in Straßburg. – CC-BY-SA 2.0: Davide RestivoReporter ohne Grenzen klagt beim Europäischen Gerichtshof für Menschenrechte gegen den Einsatz von Staatstrojanern durch den BND. Anwalt Niko Härting will erreichen, dass der Gerichtshof den Schutz gegen die mächtigen Hacking-Instrumente verbessert.
23 minutes
Petco Park fans watched the U.S. became the last World Cup host nation eliminated after a 4-1 loss to Belgium.
Petco Park fans watched the U.S. became the last World Cup host nation eliminated after a 4-1 loss to Belgium.
25 minutes
تیم ملی فوتبال آمریکا به عنوان یکی از سه میزبان جام جهانی فوتبال ۲۰۲۶، با قبول شکست برابر بلژيک از این رقابتها کنار رفت.
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26 minutes
മഹാരാഷ്ട്രയിലെ രത്നഗിരിയിൽ കനത്ത മഴയെത്തുടർന്നുണ്ടായ വൻ ഉരുൾപൊട്ടലിൽ അഞ്ച് വീടുകൾ തകർന്നു. മുംബൈയിലും പുണെയിലും മഴക്കെടുതിയിൽ വൻ നാശനഷ്ടവും മരണങ്ങളും റിപ്പോർട്ട് ചെയ്തു.
മഹാരാഷ്ട്രയിലെ രത്നഗിരിയിൽ കനത്ത മഴയെത്തുടർന്നുണ്ടായ വൻ ഉരുൾപൊട്ടലിൽ അഞ്ച് വീടുകൾ തകർന്നു. മുംബൈയിലും പുണെയിലും മഴക്കെടുതിയിൽ വൻ നാശനഷ്ടവും മരണങ്ങളും റിപ്പോർട്ട് ചെയ്തു.
26 minutes
കുട്ടമ്പുഴ കൂവപ്പാടത്ത് കാട്ടാന കിണറ്റിൽവീണ സംഭവത്തിൽ നാട്ടുകാരുടെ പ്രതിഷേധം. ഒമ്പത് കോൽ ആഴമുള്ള കിണറ്റിലാണ് ആന വിണത്. തുമ്പിക്കെെയിലും മസ്തകത്തിലും പരിക്കേറ്റിട്ടുണ്ട്.
കുട്ടമ്പുഴ കൂവപ്പാടത്ത് കാട്ടാന കിണറ്റിൽവീണ സംഭവത്തിൽ നാട്ടുകാരുടെ പ്രതിഷേധം. ഒമ്പത് കോൽ ആഴമുള്ള കിണറ്റിലാണ് ആന വിണത്. തുമ്പിക്കെെയിലും മസ്തകത്തിലും പരിക്കേറ്റിട്ടുണ്ട്.
26 minutes
Նոր գործարքները կնքվում են ԱՄՆ-ից չափից մեծ կախվածության մասին Դոնալդ Թրամփի մեղադրանքների ֆոնին
Նոր գործարքները կնքվում են ԱՄՆ-ից չափից մեծ կախվածության մասին Դոնալդ Թրամփի մեղադրանքների ֆոնին
28 minutes
South Africa's renewable energy industry has created tens of thousands of jobs, but most disappear once construction ends. Refilwe Mochoari and Thabo Molelekwa investigate The post Beyond the build: Green jobs in SA’s renewables industry first appeared on Oxpeckers.
South Africa's renewable energy industry has created tens of thousands of jobs, but most disappear once construction ends. Refilwe Mochoari and Thabo Molelekwa investigate The post Beyond the build: Green jobs in SA’s renewables industry first appeared on Oxpeckers.
32 minutes

La Moncloa sostiene que Madrid cumple sus compromisos con la Alianza Atlántica, reivindica su peso militar en el flanco oriental y rechaza que un mayor esfuerzo presupuestario se haga a costa del Estado del bienestar.

La Moncloa sostiene que Madrid cumple sus compromisos con la Alianza Atlántica, reivindica su peso militar en el flanco oriental y rechaza que un mayor esfuerzo presupuestario se haga a costa del Estado del bienestar.
33 minutes
Une marée humaine est descendue mardi 7 juillet dans les rues de la ville sainte de Qom, en Iran, au quatrième jour des obsèques du défunt Guide suprême Ali Khamenei qui ont mobilisé comme jamais la veille à Téhéran.
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33 minutes
El Consejo de Ministros tiene previsto dar luz verde este martes y mandar al Congreso la legislación que busca combatir la difusión de imágenes manipuladas con inteligencia artificial sin consentimientoQué revela el caso de los deepfakes en Grok sobre la violencia digital contra las mujeres: “La desprotección es gigantesca” El Consejo de Ministros de este martes tiene previsto aprobar en segunda vuelta la nueva ley de los derechos al honor, a la intimidad personal y a la propia imagen con la que busca combatir la difusión de imágenes o voces manipuladas sin consentimiento a través de la inteligencia artificial, los conocidos como deepfakes, entre otras cuestiones. Tras la luz verde del Gobierno, el documento está listo para empezar su tramitación parlamentaria en el Congreso. El texto definitivo —impulsado por los Ministerios de Justicia y de Juventud e Infancia— incluye varias novedades con respecto al primer documento aprobado en enero tras las aportaciones realizadas en el trámite de audiencia pública y de los informes recabados de, entre otros, el Consejo General del Poder Judicial o el Consejo Fiscal. Las claves de la nueva legislación, que busca actualizar la norma de 1982 por los “enormes cambios tecnológicos” que han transformado la sociedad desde entonces, pasan por establecer en 16 años la edad en la que se puede prestar consentimiento para facilitar su propia imagen, amplía las personas que pueden ejercer derechos en nombre de fallecidos y pone coto a los llamados true crimes. Las mujeres, las más afectadas por los 'deepfakes' La ley incorpora como una intromisión ilegítima en el honor la utilización o difusión de la imagen o la voz de una persona “que haya sido creada, simulada o manipulada tecnológicamente para dotarla de una apariencia extremadamente realista”. Se refiere a los denominados en inglés deepfakes, que son, con frecuencia, imágenes pornográficas no consentidas y afectan de forma mayoritaria a las mujeres, según los datos que maneja Naciones Unidas. Se ha convertido en una nueva forma de violencia machista intensificada con el auge de las redes sociales y en los últimos años se han dado varios casos en España que afectan a menores de edad. La legislación incluye como excepción a la consideración de “intromisión ilegítima” que el contenido generado a través de inteligencia artificial forme parte de una obra de ficción, satírica o artística. En este apartado se introduce una novedad con respecto a la redacción previa, añadida tras el trámite de información pública, y es que el creador solo tiene obligación de aclarar que el contenido es una manipulación hecha con inteligencia artificial cuando la obra pueda “inducir a una persona a pensar erróneamente que es auténtico o verídico”. Hay otra excepción que contempla esta nueva ley, no prevista en la redacción de 1982, y es que se dispone que la revelación o difusión de comunicaciones privadas no se considerará “intromisión ilegítima” cuando el contenido revelado se limite a hechos que tengan carácter noticiable por su relevancia pública. “Se trata de una previsión en consonancia con la doctrina constitucional sobre el carácter preferente de la libertad de información en este tipo de supuestos”, explica el Gobierno en su exposición de motivos. El caso de las obras sobre crímenes reales También busca dar una mayor protección de las víctimas de los delitos que aparecen en las obras cinematográficas o libros que se basan en crímenes reales (los true crimes) en los casos en los que no haya un beneficio económico. El cambio frente a la legislación anterior es que incorpora como una intromisión ilegítima el caso de que un condenado en sentencia penal firme utilice su delito “de cualquier modo que dañe el honor, la intimidad o la propia imagen de las víctimas”. Es decir, no solo si es para conseguir “notoriedad pública” u “obtener provecho económico”. La nueva norma actualiza el apartado referido a los derechos de las personas tras su muerte. Se podrá prohibir mediante testamento la utilización de la propia imagen o de la voz —originales o modificadas— para fines publicitarios o comerciales, y se podrá designar a una persona para que autorice o deniegue este tipo de usos tras el fallecimiento. Se amplía el apartado de quienes pueden defender los derechos de la persona fallecida más allá del matrimonio para incluir, por ejemplo, a las parejas de hecho (personas unidas “por análoga relación de afectividad”). En el caso de que la persona afectada fallecida fuera menor de edad o tuviese una discapacidad que le impidiese el ejercicio de su capacidad jurídica, en el texto que ha salido adelante en segunda vuelta se recoge, a propuesta del Ministerio de Juventud e Infancia, que también estará legitimada la persona que tuviera conferida su representación legal o hubiera sido designada para la prestación de las medidas de apoyo. Protección a los menores y personas con discapacidad La ley incorpora más mecanismos para proteger a los menores ante el avance de las nuevas tecnologías. En la redacción del documento se explica que, en el caso de los niños y niñas, incluso aunque haya un consentimiento del menor o de sus representantes legales se puede considerar ilegítima “cualquier intromisión en los derechos al honor, a la intimidad personal y familiar o a la propia imagen de la persona menor de edad que implique menoscabo de su dignidad o de su reputación o sea contraria a sus intereses”. Se establece en 16 años la edad en la que los menores de edad pueden prestar consentimiento para facilitar su propia imagen, en línea con el proyecto de ley de protección a los menores en el entorno digital, que está en tramitación parlamentaria. En los restantes casos, el consentimiento lo tiene que otorgar por escrito su representante legal y estará obligado a ponerlo en conocimiento previo del Ministerio Fiscal. De igual manera se regula el consentimiento de las personas con discapacidad, que puede prestar consentimiento por sí misma o con los apoyos que en su caso precise. En caso de que deba hacerlo por medio de representante, también deberá hacerlo por escrito y poniéndolo en conocimiento previo de la Fiscalía. Indemnizaciones El apartado de indemnizaciones recoge un cambio a partir de las aportaciones del trámite de audiencia e información pública y de los informes recabados por el Gobierno. La ley prevé una serie de criterios para determinar la indemnización por daño moral (vulneración de derechos fundamentales, gravedad de las expresiones, repercusiones sociales derivadas de la intromisión...) y añade como novedad que se tendrá en cuenta la difusión de la noticia no solo a través de “medios de comunicación social”, sino también de “servicios de comunicación digital”. La ley modifica un artículo de la Ley de Enjuiciamiento Civil para incluir entre las medidas cautelares previstas la posibilidad de acordar la retirada de imágenes o voces de personas, ya sean reales o manipuladas, cuando puedan afectar a su honor, a su intimidad personal o familiar o a su propia imagen, o a su derecho fundamental a la protección de datos personales. Esta última es una incorporación a propuesta de la Agencia Española de Protección de Datos.
El Consejo de Ministros tiene previsto dar luz verde este martes y mandar al Congreso la legislación que busca combatir la difusión de imágenes manipuladas con inteligencia artificial sin consentimientoQué revela el caso de los deepfakes en Grok sobre la violencia digital contra las mujeres: “La desprotección es gigantesca” El Consejo de Ministros de este martes tiene previsto aprobar en segunda vuelta la nueva ley de los derechos al honor, a la intimidad personal y a la propia imagen con la que busca combatir la difusión de imágenes o voces manipuladas sin consentimiento a través de la inteligencia artificial, los conocidos como deepfakes, entre otras cuestiones. Tras la luz verde del Gobierno, el documento está listo para empezar su tramitación parlamentaria en el Congreso. El texto definitivo —impulsado por los Ministerios de Justicia y de Juventud e Infancia— incluye varias novedades con respecto al primer documento aprobado en enero tras las aportaciones realizadas en el trámite de audiencia pública y de los informes recabados de, entre otros, el Consejo General del Poder Judicial o el Consejo Fiscal. Las claves de la nueva legislación, que busca actualizar la norma de 1982 por los “enormes cambios tecnológicos” que han transformado la sociedad desde entonces, pasan por establecer en 16 años la edad en la que se puede prestar consentimiento para facilitar su propia imagen, amplía las personas que pueden ejercer derechos en nombre de fallecidos y pone coto a los llamados true crimes. Las mujeres, las más afectadas por los 'deepfakes' La ley incorpora como una intromisión ilegítima en el honor la utilización o difusión de la imagen o la voz de una persona “que haya sido creada, simulada o manipulada tecnológicamente para dotarla de una apariencia extremadamente realista”. Se refiere a los denominados en inglés deepfakes, que son, con frecuencia, imágenes pornográficas no consentidas y afectan de forma mayoritaria a las mujeres, según los datos que maneja Naciones Unidas. Se ha convertido en una nueva forma de violencia machista intensificada con el auge de las redes sociales y en los últimos años se han dado varios casos en España que afectan a menores de edad. La legislación incluye como excepción a la consideración de “intromisión ilegítima” que el contenido generado a través de inteligencia artificial forme parte de una obra de ficción, satírica o artística. En este apartado se introduce una novedad con respecto a la redacción previa, añadida tras el trámite de información pública, y es que el creador solo tiene obligación de aclarar que el contenido es una manipulación hecha con inteligencia artificial cuando la obra pueda “inducir a una persona a pensar erróneamente que es auténtico o verídico”. Hay otra excepción que contempla esta nueva ley, no prevista en la redacción de 1982, y es que se dispone que la revelación o difusión de comunicaciones privadas no se considerará “intromisión ilegítima” cuando el contenido revelado se limite a hechos que tengan carácter noticiable por su relevancia pública. “Se trata de una previsión en consonancia con la doctrina constitucional sobre el carácter preferente de la libertad de información en este tipo de supuestos”, explica el Gobierno en su exposición de motivos. El caso de las obras sobre crímenes reales También busca dar una mayor protección de las víctimas de los delitos que aparecen en las obras cinematográficas o libros que se basan en crímenes reales (los true crimes) en los casos en los que no haya un beneficio económico. El cambio frente a la legislación anterior es que incorpora como una intromisión ilegítima el caso de que un condenado en sentencia penal firme utilice su delito “de cualquier modo que dañe el honor, la intimidad o la propia imagen de las víctimas”. Es decir, no solo si es para conseguir “notoriedad pública” u “obtener provecho económico”. La nueva norma actualiza el apartado referido a los derechos de las personas tras su muerte. Se podrá prohibir mediante testamento la utilización de la propia imagen o de la voz —originales o modificadas— para fines publicitarios o comerciales, y se podrá designar a una persona para que autorice o deniegue este tipo de usos tras el fallecimiento. Se amplía el apartado de quienes pueden defender los derechos de la persona fallecida más allá del matrimonio para incluir, por ejemplo, a las parejas de hecho (personas unidas “por análoga relación de afectividad”). En el caso de que la persona afectada fallecida fuera menor de edad o tuviese una discapacidad que le impidiese el ejercicio de su capacidad jurídica, en el texto que ha salido adelante en segunda vuelta se recoge, a propuesta del Ministerio de Juventud e Infancia, que también estará legitimada la persona que tuviera conferida su representación legal o hubiera sido designada para la prestación de las medidas de apoyo. Protección a los menores y personas con discapacidad La ley incorpora más mecanismos para proteger a los menores ante el avance de las nuevas tecnologías. En la redacción del documento se explica que, en el caso de los niños y niñas, incluso aunque haya un consentimiento del menor o de sus representantes legales se puede considerar ilegítima “cualquier intromisión en los derechos al honor, a la intimidad personal y familiar o a la propia imagen de la persona menor de edad que implique menoscabo de su dignidad o de su reputación o sea contraria a sus intereses”. Se establece en 16 años la edad en la que los menores de edad pueden prestar consentimiento para facilitar su propia imagen, en línea con el proyecto de ley de protección a los menores en el entorno digital, que está en tramitación parlamentaria. En los restantes casos, el consentimiento lo tiene que otorgar por escrito su representante legal y estará obligado a ponerlo en conocimiento previo del Ministerio Fiscal. De igual manera se regula el consentimiento de las personas con discapacidad, que puede prestar consentimiento por sí misma o con los apoyos que en su caso precise. En caso de que deba hacerlo por medio de representante, también deberá hacerlo por escrito y poniéndolo en conocimiento previo de la Fiscalía. Indemnizaciones El apartado de indemnizaciones recoge un cambio a partir de las aportaciones del trámite de audiencia e información pública y de los informes recabados por el Gobierno. La ley prevé una serie de criterios para determinar la indemnización por daño moral (vulneración de derechos fundamentales, gravedad de las expresiones, repercusiones sociales derivadas de la intromisión...) y añade como novedad que se tendrá en cuenta la difusión de la noticia no solo a través de “medios de comunicación social”, sino también de “servicios de comunicación digital”. La ley modifica un artículo de la Ley de Enjuiciamiento Civil para incluir entre las medidas cautelares previstas la posibilidad de acordar la retirada de imágenes o voces de personas, ya sean reales o manipuladas, cuando puedan afectar a su honor, a su intimidad personal o familiar o a su propia imagen, o a su derecho fundamental a la protección de datos personales. Esta última es una incorporación a propuesta de la Agencia Española de Protección de Datos.
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108 безпілотників знешкодили сили ППО, повідомили військові
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34 minutes
Un informe del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 y el CSIC concluye que la principal línea de desigualdad económica en España no pasa por la edad, sino por la vivienda La gran transferencia: quién paga y quién recibe 28.000 millones de euros en alquileres cada año en España Los hogares que poseen dos o más viviendas en alquiler, tienen una renta mediana anual casi cuatro veces superior a la de quienes viven de alquiler. Además, su patrimonio neto puede llegar a multiplicar por 450 el de los inquilinos. Esta una de las principales conclusiones del informe elaborado por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 en colaboración con el Instituto de Filosofía del CSIC (IFS-CSIC), a partir de los microdatos de la Encuesta Financiera de las Familias (EFF) del Banco de España. El documento sostiene que la principal línea de desigualdad económica en España no pasa por la edad, sino por la posición que ocupa cada hogar en el mercado de la vivienda: si vive de alquiler, es propietario de su vivienda o, además, obtiene ingresos por alquilar inmuebles a terceros. El estudio titulado 'Renta, riqueza y régimen de tenencia' es el tercero de la serie 'Vivienda, Consumo y Desigualdad'. Está firmado por Javier Gil, investigador Ramón y Cajal del CSIC y autor del libro 'Generación inquilina'; Miguel García-Duch, doctor en Economía y profesor del Departamento de Economía Aplicada, Pública y Política de la facultad de Ciencias Políticas y Sociología en la UCM; Irene Lebrusán, asesora Científica del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 y doctora en Sociología por la UCM; y Óscar Villas, técnico comercial y economista del Estado y vocal asesor en el gabinete técnico de la Secretaría General de Consumo y Juego. Los inquilinos concentran las rentas más bajas Los datos muestran una brecha entre quienes pagan un alquiler y quienes lo cobran. La renta mediana anual de los hogares inquilinos se sitúa en 21.335 euros. Entre los propietarios de la vivienda en la que residen asciende a 32.120 euros, un 51% más. Los hogares que alquilan una vivienda a terceros alcanzan una renta mediana de 50.959 euros (2,39 veces la de los inquilinos). En el caso de los multiarrendadores, con dos o más viviendas alquiladas, la cifra llega a 80.375 euros anuales, 3,77 veces superior. La brecha no se detiene ahí: crece cuanto más viviendas se acumulan. Entre quienes alquilan dos viviendas, la renta mediana sube hasta los 74.808 euros; entre quienes alquilan tres, hasta los 83.898 euros; y entre los que tienen cuatro o más, supera los 213.000 euros anuales. Según el estudio, quienes obtienen ingresos del alquiler se encuentran entre los grupos con mayores niveles de renta, mientras que los hogares inquilinos concentran los ingresos más bajos. Una brecha patrimonial mucho mayor Las diferencias son todavía más acusadas cuando se analiza la riqueza acumulada. Los hogares que viven de alquiler cuentan con un patrimonio neto mediano de apenas 2.217 euros. Entre quienes son propietarios de su vivienda habitual la cifra asciende a 193.919 euros, lo que supone una riqueza casi 90 veces superior. La distancia se dispara entre quienes, además de ser propietarios, alquilan una vivienda a terceros: su patrimonio mediano alcanza los 407.975 euros, 184 veces más que el de los inquilinos. Y entre los multiarrendadores con dos o tres viviendas la riqueza mediana ronda ya el millón de euros (972.189 euros y 1.069.029 euros, respectivamente), hasta superar los 1,5 millones (1.519.186 euros) entre quienes alquilan cuatro o más. En conjunto, los multiarrendadores acumulan una riqueza neta mediana de 996.826 euros, 450 veces superior a la de los hogares inquilinos. El informe interpreta estos datos como una evidencia de que el mercado del alquiler canaliza recursos desde los hogares con menor capacidad económica hacia aquellos que ya acumulan más patrimonio: “El arrendamiento de viviendas es una actividad concentrada principalmente entre hogares con mayor patrimonio. Lejos de reducir las desigualdades, el sistema tiende a reforzarlas”, concluye el informe. ¿Qué divide más: la edad o la vivienda? Uno de los hallazgos que más subraya el informe es que la brecha generacional, con tanto protagonismo en el debate público de los últimos años, resulta menos determinante que la posición en el mercado de la vivienda. En términos de renta, las diferencias entre grupos de edad son moderadas: la renta mediana oscila entre los 19.651 euros de los mayores de 74 años y los 34.200 euros de quienes tienen entre 45 y 54. Apenas 14.549 euros de diferencia entre el extremo más bajo y el más alto. Los menores de 35 años, de hecho, no son el grupo con menor renta: su mediana (26.900 euros) es similar a la de quienes tienen entre 65 y 74 años (27.416 euros); son los mayores de 74 quienes registran la renta más baja de toda la distribución. Donde sí aparece una brecha generacional relevante es en el patrimonio: los menores de 35 años tienen una riqueza neta mediana de 20.069 euros, frente a los 223.960 euros de quienes tienen entre 65 y 74 (el grupo con más patrimonio), es decir, una diferencia de unos 200.000 euros. Pero esa distancia, con ser importante, es muy inferior a la que separa a inquilinos de arrendadores, que oscila entre los 405.000 y los 994.000 euros según el número de viviendas en alquiler. El propio informe lo resume así: “La desigualdad en España tiene menos que ver con cuántos años tienes y más con si pagas un alquiler, tienes una vivienda en propiedad, o si percibes ingresos procedentes del arrendamiento de viviendas”. Y añade, en sus conclusiones: “las personas jóvenes no tienen menos riqueza porque sean jóvenes, sino principalmente porque son inquilinas”. Esa brecha de acceso a la propiedad se ha acelerado en la última década: en 2011, el 69,3% de los menores de 35 años era propietario de su vivienda; en 2022, ese porcentaje había caído hasta el 31,8%, un descenso de más de 37 puntos porcentuales en apenas once años. Entre los hogares de 35 a 44 años la caída también es notable (del 77,6% al 61,8%), mientras que entre los grupos de más edad el retroceso es mucho más moderado (los mayores de 74 años pasan del 87,9% al 84%). Más concentración de la riqueza inmobiliaria El estudio también identifica una creciente concentración de la riqueza residencial en muy pocas manos. En 2002, el 90% de los hogares acumulaba el 65,4% del patrimonio inmobiliario en vivienda; dos décadas después esa proporción había descendido hasta el 58,1%. En paralelo, el 10% más rico pasó de concentrar el 34,5% al 41,9% de toda la riqueza residencial. Dentro de ese 10%, la concentración se intensifica todavía más: el 5% de los hogares con más patrimonio acumula el 27,7% de toda la riqueza en vivienda, y el 1% más rico concentra, él solo, el 10,7%. El índice de Gini de la riqueza en vivienda (que mide de 0 a 1 el grado de concentración) se mantuvo relativamente estable en torno a 0,50 entre 2005 y 2011, pero desde entonces ha subido con claridad: 0,544 en 2014, 0,589 en 2017 y 0,591 en 2022, el valor más alto de toda la serie histórica y un 18% por encima del nivel de 2005. La curva de Lorenz del informe (que representa gráficamente cómo se reparte la riqueza) confirma esa evolución: la de 2022 queda sistemáticamente por debajo de la de 2002, señal de que una parte cada vez más pequeña de los hogares concentra una porción cada vez mayor del patrimonio en vivienda. Para los autores, esta evolución refleja que la revalorización de la vivienda ha beneficiado principalmente a quienes ya eran propietarios, especialmente desde la intensa subida de precios observada a partir de mediados de la década de 2010. El alquiler reduce la capacidad de ahorrar El informe también advierte de que el aumento de los precios del alquiler intensifica estas diferencias. Cuanto más elevada es la renta mensual que pagan los inquilinos, más recursos se transfieren hacia los propietarios y menor capacidad de ahorro tienen los hogares arrendatarios. Esa pérdida de capacidad económica dificulta posteriormente el acceso a una vivienda en propiedad y limita la acumulación de patrimonio por otras vías. Los autores sostienen que la subida del precio de la vivienda y de los alquileres no es un fenómeno neutral desde el punto de vista económico, ya que amplía las diferencias entre quienes ya poseen activos inmobiliarios y quienes permanecen fuera del mercado de la propiedad. En sus conclusiones, el informe es explícito sobre las implicaciones de política pública: la corrección de estas disfuncionalidades del mercado “a través de políticas de acceso, regulación del alquiler y fiscalidad sobre la propiedad u otras fórmulas”. No es solo una cuestión de equidad, sino “una condición necesaria para frenar una dinámica que, de seguir su curso, tenderá a profundizar las brechas existentes”.
Un informe del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 y el CSIC concluye que la principal línea de desigualdad económica en España no pasa por la edad, sino por la vivienda La gran transferencia: quién paga y quién recibe 28.000 millones de euros en alquileres cada año en España Los hogares que poseen dos o más viviendas en alquiler, tienen una renta mediana anual casi cuatro veces superior a la de quienes viven de alquiler. Además, su patrimonio neto puede llegar a multiplicar por 450 el de los inquilinos. Esta una de las principales conclusiones del informe elaborado por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 en colaboración con el Instituto de Filosofía del CSIC (IFS-CSIC), a partir de los microdatos de la Encuesta Financiera de las Familias (EFF) del Banco de España. El documento sostiene que la principal línea de desigualdad económica en España no pasa por la edad, sino por la posición que ocupa cada hogar en el mercado de la vivienda: si vive de alquiler, es propietario de su vivienda o, además, obtiene ingresos por alquilar inmuebles a terceros. El estudio titulado 'Renta, riqueza y régimen de tenencia' es el tercero de la serie 'Vivienda, Consumo y Desigualdad'. Está firmado por Javier Gil, investigador Ramón y Cajal del CSIC y autor del libro 'Generación inquilina'; Miguel García-Duch, doctor en Economía y profesor del Departamento de Economía Aplicada, Pública y Política de la facultad de Ciencias Políticas y Sociología en la UCM; Irene Lebrusán, asesora Científica del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 y doctora en Sociología por la UCM; y Óscar Villas, técnico comercial y economista del Estado y vocal asesor en el gabinete técnico de la Secretaría General de Consumo y Juego. Los inquilinos concentran las rentas más bajas Los datos muestran una brecha entre quienes pagan un alquiler y quienes lo cobran. La renta mediana anual de los hogares inquilinos se sitúa en 21.335 euros. Entre los propietarios de la vivienda en la que residen asciende a 32.120 euros, un 51% más. Los hogares que alquilan una vivienda a terceros alcanzan una renta mediana de 50.959 euros (2,39 veces la de los inquilinos). En el caso de los multiarrendadores, con dos o más viviendas alquiladas, la cifra llega a 80.375 euros anuales, 3,77 veces superior. La brecha no se detiene ahí: crece cuanto más viviendas se acumulan. Entre quienes alquilan dos viviendas, la renta mediana sube hasta los 74.808 euros; entre quienes alquilan tres, hasta los 83.898 euros; y entre los que tienen cuatro o más, supera los 213.000 euros anuales. Según el estudio, quienes obtienen ingresos del alquiler se encuentran entre los grupos con mayores niveles de renta, mientras que los hogares inquilinos concentran los ingresos más bajos. Una brecha patrimonial mucho mayor Las diferencias son todavía más acusadas cuando se analiza la riqueza acumulada. Los hogares que viven de alquiler cuentan con un patrimonio neto mediano de apenas 2.217 euros. Entre quienes son propietarios de su vivienda habitual la cifra asciende a 193.919 euros, lo que supone una riqueza casi 90 veces superior. La distancia se dispara entre quienes, además de ser propietarios, alquilan una vivienda a terceros: su patrimonio mediano alcanza los 407.975 euros, 184 veces más que el de los inquilinos. Y entre los multiarrendadores con dos o tres viviendas la riqueza mediana ronda ya el millón de euros (972.189 euros y 1.069.029 euros, respectivamente), hasta superar los 1,5 millones (1.519.186 euros) entre quienes alquilan cuatro o más. En conjunto, los multiarrendadores acumulan una riqueza neta mediana de 996.826 euros, 450 veces superior a la de los hogares inquilinos. El informe interpreta estos datos como una evidencia de que el mercado del alquiler canaliza recursos desde los hogares con menor capacidad económica hacia aquellos que ya acumulan más patrimonio: “El arrendamiento de viviendas es una actividad concentrada principalmente entre hogares con mayor patrimonio. Lejos de reducir las desigualdades, el sistema tiende a reforzarlas”, concluye el informe. ¿Qué divide más: la edad o la vivienda? Uno de los hallazgos que más subraya el informe es que la brecha generacional, con tanto protagonismo en el debate público de los últimos años, resulta menos determinante que la posición en el mercado de la vivienda. En términos de renta, las diferencias entre grupos de edad son moderadas: la renta mediana oscila entre los 19.651 euros de los mayores de 74 años y los 34.200 euros de quienes tienen entre 45 y 54. Apenas 14.549 euros de diferencia entre el extremo más bajo y el más alto. Los menores de 35 años, de hecho, no son el grupo con menor renta: su mediana (26.900 euros) es similar a la de quienes tienen entre 65 y 74 años (27.416 euros); son los mayores de 74 quienes registran la renta más baja de toda la distribución. Donde sí aparece una brecha generacional relevante es en el patrimonio: los menores de 35 años tienen una riqueza neta mediana de 20.069 euros, frente a los 223.960 euros de quienes tienen entre 65 y 74 (el grupo con más patrimonio), es decir, una diferencia de unos 200.000 euros. Pero esa distancia, con ser importante, es muy inferior a la que separa a inquilinos de arrendadores, que oscila entre los 405.000 y los 994.000 euros según el número de viviendas en alquiler. El propio informe lo resume así: “La desigualdad en España tiene menos que ver con cuántos años tienes y más con si pagas un alquiler, tienes una vivienda en propiedad, o si percibes ingresos procedentes del arrendamiento de viviendas”. Y añade, en sus conclusiones: “las personas jóvenes no tienen menos riqueza porque sean jóvenes, sino principalmente porque son inquilinas”. Esa brecha de acceso a la propiedad se ha acelerado en la última década: en 2011, el 69,3% de los menores de 35 años era propietario de su vivienda; en 2022, ese porcentaje había caído hasta el 31,8%, un descenso de más de 37 puntos porcentuales en apenas once años. Entre los hogares de 35 a 44 años la caída también es notable (del 77,6% al 61,8%), mientras que entre los grupos de más edad el retroceso es mucho más moderado (los mayores de 74 años pasan del 87,9% al 84%). Más concentración de la riqueza inmobiliaria El estudio también identifica una creciente concentración de la riqueza residencial en muy pocas manos. En 2002, el 90% de los hogares acumulaba el 65,4% del patrimonio inmobiliario en vivienda; dos décadas después esa proporción había descendido hasta el 58,1%. En paralelo, el 10% más rico pasó de concentrar el 34,5% al 41,9% de toda la riqueza residencial. Dentro de ese 10%, la concentración se intensifica todavía más: el 5% de los hogares con más patrimonio acumula el 27,7% de toda la riqueza en vivienda, y el 1% más rico concentra, él solo, el 10,7%. El índice de Gini de la riqueza en vivienda (que mide de 0 a 1 el grado de concentración) se mantuvo relativamente estable en torno a 0,50 entre 2005 y 2011, pero desde entonces ha subido con claridad: 0,544 en 2014, 0,589 en 2017 y 0,591 en 2022, el valor más alto de toda la serie histórica y un 18% por encima del nivel de 2005. La curva de Lorenz del informe (que representa gráficamente cómo se reparte la riqueza) confirma esa evolución: la de 2022 queda sistemáticamente por debajo de la de 2002, señal de que una parte cada vez más pequeña de los hogares concentra una porción cada vez mayor del patrimonio en vivienda. Para los autores, esta evolución refleja que la revalorización de la vivienda ha beneficiado principalmente a quienes ya eran propietarios, especialmente desde la intensa subida de precios observada a partir de mediados de la década de 2010. El alquiler reduce la capacidad de ahorrar El informe también advierte de que el aumento de los precios del alquiler intensifica estas diferencias. Cuanto más elevada es la renta mensual que pagan los inquilinos, más recursos se transfieren hacia los propietarios y menor capacidad de ahorro tienen los hogares arrendatarios. Esa pérdida de capacidad económica dificulta posteriormente el acceso a una vivienda en propiedad y limita la acumulación de patrimonio por otras vías. Los autores sostienen que la subida del precio de la vivienda y de los alquileres no es un fenómeno neutral desde el punto de vista económico, ya que amplía las diferencias entre quienes ya poseen activos inmobiliarios y quienes permanecen fuera del mercado de la propiedad. En sus conclusiones, el informe es explícito sobre las implicaciones de política pública: la corrección de estas disfuncionalidades del mercado “a través de políticas de acceso, regulación del alquiler y fiscalidad sobre la propiedad u otras fórmulas”. No es solo una cuestión de equidad, sino “una condición necesaria para frenar una dinámica que, de seguir su curso, tenderá a profundizar las brechas existentes”.
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